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Corte Suprema fija límite al cobro ejecutivo de pagarés en seguros de garantía

Un relevante precedente para la industria aseguradora fijó la Corte Suprema al acoger un recurso de casación en el fondo y dejar sin efecto una ejecución de pagarés asociados a pólizas de seguro de garantía pagaderas a primer requerimiento, al estimar que dichos títulos carecían de fuerza ejecutiva por haberse emitido antes de cumplirse la condición que los hacía exigibles.

El caso tuvo su origen en una demanda ejecutiva interpuesta por Avla Seguros de Créditos y Garantía en contra de Constructora SAE y sus avalistas, con el objeto de cobrar trece pagarés suscritos en virtud de un mandato contenido en un contrato de contrafianza. Dicho mandato habilitaba a la aseguradora a emitir los pagarés solo una vez pagado el siniestro al asegurado.

En primera instancia, el Segundo Juzgado Civil de Santiago rechazó la excepción de falta de mérito ejecutivo, decisión que fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Sin embargo, la Corte Suprema revocó ambos fallos, al estimar que los pagarés fueron emitidos antes del pago efectivo del siniestro, esto es, cuando aún no se había cumplido la condición suspensiva que daba eficacia al mandato.

El máximo Tribunal recordó que la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil permite impugnar la acción ejecutiva cuando la obligación no es actualmente exigible, precisando que el análisis debe centrarse en la existencia misma del título y en el cumplimiento de los requisitos legales al momento de despachar la ejecución.

En ese contexto, la Corte sostuvo que otorgar mérito ejecutivo a pagarés suscritos antes del nacimiento efectivo de la obligación implica desconocer las exigencias legales sobre exigibilidad del crédito. Al no acreditarse que, al momento de su emisión, se hubiese pagado el siniestro, los títulos carecían de fuerza ejecutiva.

En sentencia de reemplazo, la Corte Suprema acogió la excepción de falta de mérito ejecutivo y rechazó la ejecución, estableciendo un criterio relevante para el mercado: en los contratos de contrafianza, el cumplimiento estricto de las condiciones que habilitan la emisión de pagarés resulta esencial para su validez en sede ejecutiva.

El fallo, dictado con voto en contra de dos ministras, constituye una señal clara para las aseguradoras respecto de la necesidad de acreditar de manera precisa la exigibilidad actual de las obligaciones antes de recurrir al cobro ejecutivo, especialmente en el contexto de seguros de garantía.

 
 
 

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