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Debaten en Tribunal Constitucional la inaplicabilidad del artículo 553 del Código de Comercio en seguros de caución

El Tribunal Constitucional (TC) recibió un requerimiento para declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 553 del Código de Comercio, norma que regula el pago proporcional de la indemnización en casos de infraseguro.

El precepto cuestionado establece que, si el valor declarado en la póliza es inferior al valor real de la cosa asegurada al momento del siniestro, el asegurador solo deberá indemnizar el daño a prorrata.

En este caso, el debate surge en el marco de un recurso de apelación contra una sentencia arbitral que aplica el artículo 553 a pólizas de caución pactadas “a primer requerimiento”, contratadas para garantizar obligaciones en un contrato de construcción. El tercero beneficiario —quien solicitó la inaplicabilidad— sostiene que esta norma fue diseñada para seguros de cosas y no debería aplicarse a seguros de responsabilidad civil, ya que estos operan bajo principios y finalidades diferentes.

El requirente argumenta que la aplicación del artículo 553 en este contexto vulnera las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso, derecho de propiedad y tutela judicial efectiva (artículo 19 N° 2, 3 y 24 de la Constitución). Afirma que su uso provoca una reducción injustificada de la indemnización, la cual ya era insuficiente para cubrir el daño real, generando un perjuicio desproporcionado para el beneficiario.

La Segunda Sala del TC, designada por la presidenta de la institución, deberá pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento y dar traslado a las partes involucradas. Si es declarado admisible, corresponderá al Pleno del Tribunal Constitucional analizar el fondo y determinar si el artículo 553 puede o no aplicarse a este tipo de seguros.

Este caso podría sentar un precedente importante para la industria aseguradora, particularmente en lo que respecta a la interpretación del infraseguro en pólizas de caución y su relación con seguros de responsabilidad civil.

 
 
 

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