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Obligaciones de los Corredores de Seguros en Chile en Marzo y Abril: Presentación de FECU y Pólizas de Garantía y Responsabilidad Civil

En Chile, los corredores de seguros desempeñan un papel esencial en la intermediación y asesoría para la contratación de pólizas. Para garantizar la transparencia y la protección de los asegurados, estos profesionales deben cumplir con ciertas obligaciones regulatorias, especialmente en los meses de marzo y abril.​


Presentación de la Ficha Estadística Codificada Uniforme (FECU)

La FECU es un informe financiero estandarizado que las entidades reguladas deben presentar periódicamente a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Este documento permite a la CMF supervisar la situación financiera y operativa de las empresas del sector asegurador, asegurando así la estabilidad y confianza en el mercado.​


Póliza de Garantía para Corredores de Seguros

Todos los corredores de seguros, ya sean personas naturales o jurídicas, están obligados a contratar una póliza de garantía. Esta póliza tiene como objetivo garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones que el corredor de seguros asume en el ejercicio de su actividad, protegiendo así a los asegurados y a las compañías de seguros en caso de incumplimiento. El monto asegurado de esta póliza debe ser de al menos 500 UF. La presentación de esta póliza debe realizarse antes del 10 de abril de cada año. ​


Póliza de Responsabilidad Civil Profesional

Además de la póliza de garantía, los corredores de seguros que operan como personas jurídicas y que registren ventas anuales superiores a UF 500, están obligados a contratar una póliza de responsabilidad civil profesional. Esta póliza cubre los posibles daños y perjuicios que puedan ocasionar a los asegurados en el ejercicio de sus funciones, protegiendo el patrimonio del corredor frente a eventuales reclamaciones. El monto asegurado de esta póliza también debe ser de al menos 500 UF.​


Resumen de Obligaciones según Tipo de Corredor

  • Personas Naturales: Deben contratar y presentar únicamente la póliza de garantía con un monto asegurado mínimo de 500 UF.​

  • Personas Jurídicas: Están obligadas a contratar y presentar tanto la póliza de garantía como la póliza de responsabilidad civil profesional, cada una con un monto asegurado mínimo de 500 UF.​


Importancia del Cumplimiento Oportuno

El cumplimiento de estas obligaciones dentro de los plazos establecidos es esencial para mantener la confianza del público en el mercado asegurador y garantizar la protección de los intereses de los asegurados. La CMF tiene la facultad de aplicar sanciones a aquellos corredores que no cumplan con estas normativas, las cuales pueden incluir censuras, multas, suspensiones e incluso la revocación de la inscripción en el registro correspondiente.​

En conclusión, marzo es un mes clave para los corredores de seguros en Chile, ya que deben cumplir con la presentación de la FECU y asegurar la vigencia de sus pólizas de garantía y responsabilidad civil profesional, según corresponda, antes del 10 de abril. Estas obligaciones son fundamentales para garantizar la transparencia, solvencia y confianza en el mercado asegurador nacional.

 
 
 

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