Reale repite contra ADT Security por no activar alarmas en local de PC Factory y logra recuperar indemnización
- Seguro Visión

- 29 ene
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En un fallo que resalta la importancia del correcto cumplimiento de servicios de seguridad, el Segundo Juzgado de Letras de La Serena acogió la demanda presentada por Reale Chile Seguros Generales S.A. en contra de ADT Security Services S.A., tras un robo ocurrido en un local de PC Factory S.A. en el centro de La Serena, al que no se dieron las debidas señales de alarma por parte de la empresa de seguridad.
El caso se remonta al 31 de agosto de 2024, cuando antisociales ingresaron al establecimiento comercial equipado con sensores de movimiento y monitores de seguridad. Sin embargo, el sistema de alarma contratado a ADT no activó la señal de alerta ni alertó a la central como correspondía, a pesar de que los sensores internos del negocio —monitoreados por otro organismo— sí reportaron la intrusión.
La magistrada Ghislaine Landarretche Sotomayor determinó que ADT incurrió en un incumplimiento de sus obligaciones contractuales, al no emitir la señal de alarma en un evento calificado como emergencia, tal como estaba pactado en el contrato de monitoreo. Como consecuencia del robo, Reale indemnizó a PC Factory por los perjuicios sufridos y, posteriormente, ejerció la acción de repetición contra ADT para recuperar ese monto.
En su fallo, el tribunal condenó a ADT Security Services S.A. a pagar a Reale el equivalente a 2.039,23 UF, monto con el cual la aseguradora cubrió la indemnización otorgada a PC Factory, más reajustes e intereses desde la fecha de sentencia hasta su pago efectivo.
¿Qué implica este fallo para el mercado asegurador y de seguridad?
El fallo tiene relevancia práctica para diversas áreas vinculadas a la protección patrimonial y los contratos de servicios de seguridad:
Responsabilidad contractual clara: El caso subraya que las empresas de alarmas y monitoreo tienen obligaciones contractuales específicas que no pueden eludir, y su incumplimiento puede derivar en consecuencias económicas directas frente a terceros, incluida la repetición por parte de aseguradoras.
Acciones de repetición de aseguradoras: Permite a las aseguradoras recuperar los montos pagados a sus asegurados cuando la pérdida se produjo por el incumplimiento de un tercero que debía mitigar o alertar frente a un riesgo cubierto.
Prudencia en la contratación de servicios de seguridad: El caso refuerza la importancia de revisar detalladamente los términos contractuales de servicios de alarmas y monitoreo, así como los mecanismos de verificación y respuesta ante eventos críticos.
La sentencia reafirma que, aunque un sistema de seguridad no garantiza la prevención absoluta de robos, sí debe cumplir con sus funciones de detección y alerta para cumplir su propósito y evitar responsabilidades adicionales.
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