CMF sanciona a Chubb y Banchile por comercializar seguros con coberturas incompatibles con la Ley de Fraudes
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) resolvió sancionar a Chubb Seguros Chile S.A. y a Banchile Corredores de Seguros Limitada por infracciones relacionadas con la comercialización e intermediación de pólizas que incluían coberturas incompatibles con la normativa vigente sobre fraude en medios de pago.
Mediante la Resolución Exenta N° 5.645, de fecha 28 de mayo de 2026, el Consejo de la CMF aplicó a ambas entidades la sanción de censura, tras concluir que incumplieron instrucciones impartidas por el regulador y continuaron comercializando un producto asegurador que contemplaba coberturas prohibidas por la legislación vigente.
El origen del caso
La investigación tiene su origen en la comercialización del producto denominado "Seguro de Apoyo Integral", emitido por Chubb y distribuido por Banchile Corredores de Seguros.
Según estableció la CMF, las condiciones generales de la póliza identificada como POL120200075 incluían coberturas asociadas a pérdidas patrimoniales derivadas de extravío, hurto, robo o fraude en tarjetas de pago y transacciones electrónicas, riesgos que dejaron de ser asegurables para los usuarios tras la entrada en vigencia de la Ley N° 21.234, publicada en mayo de 2020. Esta normativa trasladó la responsabilidad por dichos eventos a los emisores de los medios de pago, prohibiendo expresamente ofrecer seguros que cubrieran esos riesgos.
Más de 315 mil pólizas involucradas
La resolución señala que entre el 6 de enero de 2021 y el 29 de junio de 2023 fueron emitidas e intermediadas 315.659 pólizas regidas por dichas condiciones generales. La CMF concluyó que tanto la aseguradora como la corredora continuaron comercializando el producto pese a las instrucciones emitidas por el regulador para adecuar los condicionados a la nueva legislación.El organismo recordó que ya en junio de 2020 había instruido a aseguradoras y corredores revisar sus pólizas para eliminar coberturas contrarias a la nueva ley, advirtiendo expresamente que no correspondía ofrecer seguros respecto de riesgos que debían ser asumidos por los emisores de tarjetas y otros medios de pago.Posteriormente, en febrero de 2023, la CMF reiteró a Chubb que determinadas coberturas contenidas en el producto "Apoyo Integral" resultaban incompatibles con la Ley N° 20.009, modificada por la Ley N° 21.234. Como respuesta, la compañía informó haber depositado una nueva póliza con exclusiones destinadas a adecuar el producto al nuevo marco legal. Sin embargo, la investigación determinó que continuaron existiendo pólizas emitidas bajo el condicionado cuestionado.
Los argumentos de defensa
Durante el proceso, tanto Chubb como Banchile sostuvieron que actuaron conforme a su interpretación de la normativa y argumentaron que la CMF no había prohibido expresamente la utilización del condicionado cuestionado durante parte importante del período investigado. Asimismo, destacaron las modificaciones implementadas posteriormente, incluyendo el reemplazo del condicionado y la comunicación de cambios a los asegurados. No obstante, el Consejo de la CMF estimó acreditadas las infracciones y concluyó que ambas entidades incumplieron las instrucciones impartidas por el regulador y participaron en la comercialización de pólizas que contenían cláusulas contrarias a la ley.
Relevancia para el mercado asegurador
La resolución constituye un nuevo recordatorio de la importancia que la CMF asigna al cumplimiento normativo en el diseño y comercialización de productos de seguros.
El caso también pone de relieve la responsabilidad compartida que recae tanto en las compañías aseguradoras como en los intermediarios respecto de la adecuación de los productos a los cambios regulatorios, especialmente cuando se trata de coberturas que pueden inducir a error a los asegurados o transferir riesgos cuya asunción ha sido asignada por ley a otros actores del sistema financiero.
Si bien la Comisión consideró que no existían antecedentes de reclamos de clientes asociados a estas coberturas, estimó que la comercialización de productos con cláusulas incompatibles con la legislación vigente genera riesgos para la confianza y el adecuado funcionamiento del mercado asegurador.
La decisión fue adoptada por el Consejo de la CMF en sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2026 y puede ser objeto de los recursos contemplados en la legislación vigente.

Comentarios