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CMF sanciona a SURA por comercializar pólizas con agentes no inscritos

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF), mediante la Resolución N° 1771, aplicó una multa de 100 UF a Seguros Generales Suramericana S.A. por infringir el artículo 57 del DFL N° 251 (Ley de Seguros) y la Norma de Carácter General N° 471.


Los hechos

De acuerdo con lo establecido por la autoridad, entre julio de 2023 y junio de 2025, la compañía comercializó al menos 5.349 pólizas por intermedio de al menos 155 agentes de ventas de seguros que no se encontraban inscritos en el Registro de Agentes de Ventas de Seguros que administra la CMF.

El artículo 57 del DFL N° 251 exige que las aseguradoras solo comercialicen sus productos a través de agentes debidamente inscritos y habilitados. Asimismo, la Norma de Carácter General N° 471 regula específicamente los requisitos y obligaciones vinculadas a dicho registro.

La CMF concluyó que la compañía permitió la intermediación de personas que no cumplían con el requisito de inscripción, lo que constituye una infracción a la normativa vigente en materia de conducta de mercado.


La sanción

En virtud de lo anterior, la CMF resolvió aplicar una multa de UF 100, destacando que el incumplimiento se extendió por un período prolongado y afectó un volumen relevante de pólizas.

Si bien la multa en términos monetarios puede considerarse acotada, la resolución tiene un impacto relevante desde el punto de vista regulatorio y reputacional, ya que reafirma la importancia de los controles internos que deben mantener las compañías aseguradoras respecto de sus canales de distribución.


Implicancias para el mercado

Esta resolución refuerza un principio central del sistema asegurador chileno: la comercialización de seguros debe realizarse exclusivamente por intermediarios debidamente inscritos y supervisados por la autoridad.

La decisión de la CMF constituye una señal clara para el mercado respecto de la necesidad de:

  • Mantener registros actualizados de agentes.

  • Verificar permanentemente su habilitación.

  • Fortalecer los sistemas de control y cumplimiento normativo.

En un entorno regulatorio cada vez más enfocado en la conducta de mercado y la protección del consumidor, el cumplimiento formal de estas obligaciones deja de ser un aspecto administrativo para transformarse en un elemento central de la gestión de riesgos de las compañías aseguradoras.

 
 
 

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