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BCI Seguros Generales S.A. obtiene fallo favorable contra Jumbo Supermercados Administradora Limitada por robo en estacionamientos

Una nueva sentencia refuerza la tendencia jurisprudencial en materia de responsabilidad por robos en estacionamientos de centros comerciales. El 20º Juzgado Civil de Santiago (Rol C-927-2024) acogió la demanda interpuesta por BCI Seguros Generales S.A. en contra de Jumbo Supermercados Administradora Limitada, condenando al supermercado a indemnizar la suma de $18.214.328, más reajustes e intereses.


Los hechos

El caso se originó tras el robo de un vehículo Hyundai Santa Fe, ocurrido el 23 de septiembre de 2023 en el estacionamiento del local Jumbo ubicado en Avenida Concha y Toro, en la comuna de Puente Alto.

El propietario del automóvil mantenía una póliza vigente con BCI Seguros, la que cubrió el siniestro pagando la suma antes indicada. En virtud del artículo 534 del Código de Comercio, la aseguradora se subrogó en los derechos del asegurado, ejerciendo la acción de indemnización en contra del supermercado.


La discusión jurídica

La defensa de Jumbo sostuvo que:

  • No existía contrato de depósito.

  • El estacionamiento era gratuito y accesorio.

  • No había obligación de custodia.

  • El robo fue cometido por terceros, lo que excluiría su responsabilidad.

Sin embargo, el tribunal desestimó estos argumentos y concluyó que:

  1. Existe un vínculo contractual entre el consumidor y el proveedor cuando se utilizan estacionamientos ofrecidos al público.

  2. El servicio de estacionamiento forma parte integral del giro comercial y cumple una función de atracción de clientes.

  3. Conforme al artículo 15 A de la Ley Nº19.496 (introducido por la Ley 20.967), el proveedor es civilmente responsable por robos o daños ocurridos con ocasión del servicio cuando no se adoptan medidas de seguridad adecuadas.

  4. En materia contractual, la culpa se presume, correspondiendo al proveedor acreditar caso fortuito o ausencia de negligencia, lo que en este caso no ocurrió.

El tribunal razonó que el deber de custodia, vigilancia y seguridad no se agota en habilitar físicamente el espacio, sino que implica adoptar medidas eficaces para evitar hechos delictivos. La intervención de terceros no libera automáticamente de responsabilidad si existe incumplimiento del deber de seguridad.


Subrogación: herramienta clave para la recuperación

El fallo también reafirma la eficacia práctica del mecanismo de subrogación legal. Al indemnizar al asegurado, la compañía de seguros asume sus derechos contra el tercero responsable, pudiendo recuperar los montos pagados.

En este caso, la aseguradora acreditó:

  • La existencia de la póliza.

  • El pago efectivo del siniestro.

  • La ocurrencia del robo en dependencias del proveedor.

Con estos antecedentes, el tribunal reconoció su legitimación activa y acogió la acción indemnizatoria.


Un precedente que se suma: caso Arauco Mall

Este fallo no es aislado. Hace poco tiempo, BCI Seguros obtuvo también una sentencia favorable en un caso similar contra Arauco Mall, donde actuó igualmente por subrogación.

En esa oportunidad, la aseguradora logró:

  • Configurar la calidad de tercero civilmente responsable.

  • Acreditar la existencia de una relación de consumo.

  • Demostrar el incumplimiento del deber de seguridad del proveedor.

  • Recuperar judicialmente los valores indemnizados a su asegurado.

Ambas sentencias consolidan una línea jurisprudencial clara: los centros comerciales y supermercados que ofrecen estacionamientos al público no pueden eximirse de responsabilidad alegando gratuidad del servicio o intervención de terceros, cuando no han adoptado medidas adecuadas de seguridad.


Impacto para el mercado asegurador y el retail

Estos fallos tienen relevancia directa para:

  • Aseguradoras, que ven reafirmada la eficacia de la subrogación como herramienta de recuperación.

  • Centros comerciales y supermercados, que enfrentan mayores exigencias en materia de prevención y seguridad.

  • Consumidores, quienes cuentan con mayor protección frente a robos ocurridos en estacionamientos.

La tendencia judicial refuerza el estándar de diligencia exigido a los proveedores y confirma que el servicio de estacionamiento es parte integral de la experiencia de consumo, con todas las obligaciones legales que ello implica.

En definitiva, la sentencia contra Jumbo —sumada al precedente frente a Arauco Mall— consolida un criterio: el deber de seguridad en estacionamientos no es simbólico, es jurídicamente exigible, y su incumplimiento genera responsabilidad patrimonial efectiva.

 
 
 

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